A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor la versión 4.0 del CFDI, existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende hasta el 31 de marzo de 2023, siendo  obligatoria la facturación 4.0 el 1 de abril de 2023.

A través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se dio a conocer el proyecto estándar del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0, el proyecto contempla los CFDI que ampara las retenciones e información de pagos, el complemento para recepción de pagos, catálogos y matrices de errores, de los cuales los principales cambios que tendrá la factura electrónica son:

1) Incluirá de manera obligatoria el nombre o denominación o razón social, y domicilio fiscal especificando código postal del emisor y del receptor.

2) Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.

3) Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.

4) Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

5) Únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal ya que dicha información es obligatoria.

6) Se precisan descripciones de nodos y atributos.

  • Se incluyen nuevos atributos: Exportación, facturación atribuible al adquirente, domicilio fiscal receptor, régimen fiscal del receptor, objeto de importación.
  • Se incluyen nuevos nodos: información global, y A cuenta de terceros.

7) Para el caso de ventas al público en general, se emiten reglas específicas a particulares, como lo es indicar clave 616 (sin actividades) en apartado de régimen fiscal y en domicilio será necesario indicar el domicilio del contribuyente que está emitiendo el CFDI.

8) Se precisa indicar tipo de cambio FIX en operaciones de moneda extranjera

9) Se incluyen reglas de validación para los nuevos nodos y atributos

10) Se incluye nuevo catálogo

El CFDI que ampara retenciones información de pagos:

  • La versión será la 2.0.
  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal especificando el código postal del emisor y del receptor.
  • Permitirá relacionar otros CFDI.
  • Se incluyen reglas de validación 
  • Se incluye nuevo catálogo

El Complemento para recepción de pagos:

  • La versión será 2.0.
  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos
  • Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan
  • Se modifica esquema y se incluye motivo de cancelación
  • Se incluye folio fiscal que sustituye el comprobante cancelado
  • Se incluyen reglas de validación para los nodos y atributos de impuestos

Actualización al servicio de cancelación de facturas

– A partir de ahora será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.

– Al seleccionar como motivo de cancelación, indicar clave correspondiente, la cual deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.

  • Clave 01 Comprobantes emitidos con errores con relación
  • Clave 02 Comprobante emitido con errores sin relación
  • Clave 03 No se llevó a cabo la operación
  • Clave 04 Operación nominativa relacionada en la factura global

– Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas, debiendo realizarse en el ejercicio en que fue emitido. 

– Se disminuye el periodo de cancelación del CFDI sin aceptación del receptor de 3 días a solo 1 día hábil, así como el monto de $5,000 MXN a $1,000 MXN.

INFRACCIONES

Se incorpora un supuesto de infracción en el caso de que se cancelen CFDIs cuando no exista error en su emisión, se realice sin causa alguna o se cancelen antes de presentar la declaración anual del ejercicio, cuya multa va del 5% al 10% de cada comprobante fiscal

Si es requerido un complemento en el CFDI y este no es integrado se hacen acreedores a multas de $400 a $600 por CFDI omitido. 

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