El pasado 12 de mayo del presente año, el Servicio de Administración Tributaria publicó una serie de facilidades para la emisión de la facturación electrónica. En este comunicado, el SAT dio a conocer una prórroga para la entrada en vigor de la versión 3.3 del CFDI de la facturación electrónica referente a la Recepción de pagos y Nuevo esquema de cancelaciones de CFDI.
A continuación te presentamos un resumen con los puntos más destacados en el comunicado:
- A partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre del 2017.
- A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.
- La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017.
- El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.
El SAT destacó que estas nuevas facilidades son gracias al avance en el tema, pues el organismo poco a poco ha venido otorgando mejores servicios a los contribuyentes. El Servicio de Administración Tributaria aclaró que este proceso de modernización ha sido posible gracias a un cercano diálogo con empresarios, contadores públicos, desarrolladores de Sistemas de Gestión y proveedores autorizados de certificación.
“cerca de 90% de los contribuyentes emisores han cumplido ya con la migración a la nueva versión”. Declaró el SAT.
El SAT también reconoció el esfuerzo de los contribuyentes en la primera fase de modernización de la factura electrónica, con la actualización de los recibos de nómina digitales la cual resultó exitosa y permitió eliminar la obligación de presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios.
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